EDUARDO DEL VALLE CALZADO, EN SU CONDICIÓN DE PORTAVOZ DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL, PRESENTA LA SIGUIENTE INTERPELACIÓN.
Asunto: Despidos de personal laboral.
Esta interpelación la formula el Grupo Municipal del Partido Socialista Obrero Español en base a los siguientes hechos que conocemos:
Primero.- Tenemos información que se ha comunicado a la archivera municipal (Antonia) su cese de la relación laboral que mantiene con el Ayuntamiento de Bolaños de Calatrava por terminación de contrato. Sin embargo esta trabajadora del Ayuntamiento mantiene una relación laboral de carácter indefinido y no temporal.
Segundo.- Tal actuación contraviene la legislación laboral vigente. Una relación laboral indefinida en una Administración Pública solo puede acabar por despido disciplinario o por cobertura de la plaza mediante proceso selectivo público. En ningún caso una relación laboral indefinida puede acabar por terminación del contrato, ya que no es un contrato temporal. Tal extremo viene regulado así en nuestra legislación laboral.
En virtud del artículo 95 del Reglamento Orgánico Municipal (ROM), solicitamos explicaciones de la Alcaldía, la Concejalía- Delegada de Contratación y Organización Interna y la Concejalía Delegada de Personal sobre los propósitos o motivos de tal actuación contestando a las siguientes preguntas:
Primera.- La anterior corporación firmo un acuerdo con los representantes de los trabajadores del Ayuntamiento de Bolaños por el cual se reconocía la Relación Laboral de Carácter Indefinido con 70 trabajadores que tenían contratos temporales, entre los que se encontraba la archivera. El acuerdo decía así “Se realizará un contrato indefinido a aquellos trabajadores con contrato temporal de aquellos servicios nuevos que se estiman van a ser permanentes de conformidad con la nueva RPT aunque aún no hayan llegado a los dos años”. Esta trabajadora (Antonia) es de sobra conocido que lleva más de 2 años trabajando para el Ayuntamiento de Bolaños. ¿Es intención del Alcalde y su Concejal Delegado romper ese acuerdo y dejar de considerar a estos trabajadores como indefinidos?, ¿Pasan por tanto estos 70 trabajadores a tener para el actual concejal la consideración de trabajadores temporales?, ¿A cuantos más va a considerar que le ha acabado el contrato, a los que fueron contratados en prácticas hace once años, a los que fueron contratados para las obras de la plaza de toros hace 5 años, a los que fueron contratados por obras o servicios que duraron más de 13 años?.
Segunda.- La anterior corporación firmo un acuerdo con los representantes de los trabajadores del Ayuntamiento de Bolaños por el cual se acordaba la Relación de Puestos de Trabajo del Personal Laboral del Ayuntamiento de Bolaños de Calatrava, entre los que se encontraba como puesto indefinido de Plantilla el de archivero. ¿Es intención del Alcalde y su Concejal Delegado romper ese acuerdo?.
Tercera.- Las partes en las relaciones laborales son empresa y trabajadores. Relación laboral se articula a través de la firma de contratos, pero también a través de la negociación colectiva. En dos ocasiones y a través de dos acuerdos de negociación colectiva se ha reconocido que la archivera tiene una relación laboral de carácter indefinido con el Ayuntamiento de Bolaños. En derecho laboral se aplica siempre el principio de norma más favorable al trabajador. ¿Es intención del Alcalde y su Concejal Delegado en este caso dictar resoluciones a sabiendas de ser contrarias con la legislación laboral?, ¿Piensan asumir las posibles responsabilidades patrimoniales con sus bienes por esta decisión?.
Cuarto.- El archivo municipal del Ayuntamiento de Bolaños es un servicio permanente, necesario y estable. Tal es así, que en este mismo año se ha aprobado por el Pleno un Reglamento que regula su funcionamiento y determina la necesidad de personal estable para su funcionamiento. Recordamos que fue votado a favor por todos los grupos políticos de la Corporación Municipal. La archivera ha demostrado durante estos años su enorme capacidad profesional a nuestro entender a pesar de su discapacidad auditiva. ¿Es intención del Alcalde y su Concejal Delegado eliminar este servicio?, ¿Si no es así, por que despiden a la archivera?, ¿Considera el Alcalde o el Concejal a esta trabajadora como mala trabajadora?, ¿Acaso se la discrimina por su discapacidad?, ¿o es su militancia en el Partido Político AC-AI lo que ha determinado este despido?.
En virtud de lo anterior vengo a solicitar:
Primero.- Sea convocada de manera urgente la Comisión Informativa Permanente de Organización Interna Y Contratación al objeto de que sean contestadas en su seno nuestras preguntas. La urgencia está justificada por los graves perjuicios que se causan por el cierre de un servicio necesario para el buen funcionamiento de nuestro Ayuntamiento como el Archivo Municipal, por la violación de derechos de los trabajadores y por los perjuicios patrimoniales que puede causar esta decisión por el presunto pago de indemnizaciones por despido improcedente.
Segundo.- Sea emitido informe de legalidad por la Secretaria General de la Corporación acerca de la legalidad de esta decisión y por la Intervención Municipal acerca de la posible indemnización a pagar y sobre la necesidad o no de personal en el archivo del Ayuntamiento.
Tercero.- Sea incluida esta interpelación en el orden del día del próximo pleno a los efectos de que el Alcalde exponga los motivos o propósitos que le han llevado a esta decisión.
En Bolaños de Calatrava, a 11 de julio de 2011.
Eduardo del Valle Calzado.
Portavoz Psoe
A/A Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Bolaños de Cva.
A/A Concejal Delegado de Personal.
A/A Concejal de Organización Interna Y Contratación.
A/A Secretaria General Corporación.
A/A Interventora Municipal.