Marta Chacón Horneros Candidata del PSOE al Ayuntamiento de Bolaños 2019

lunes, 26 de marzo de 2012

TRANSPARENCIA??

Desde el inicio de esta legislatura se nos está dificultando nuestro trabajo en la oposición, impidiéndonos consultar los Decretos de Alcaldía y Resoluciones dictadas por el equipo de gobierno, tal y como establece el ROF (Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades locales).
Últimamente se nos niega consultar el expediente de la obra que está realizando o ha realizado un familiar de nuestro alcalde y en la que por el acta de la Junta de Gobierno nos hemos enterado que su licencia de obras (ICIO) ha pasado de costar más de 7000 € (valoración inicial) a poco más de 1000 €, esto nos resulta bastante raro y por eso queremos ver dicho expediente... ¿por qué no nos dejan verlo?¿qué tienen que ocultar?¿transparencia municipal, se acuerdan?
PROPUESTA PRESENTADA
Para la elaboración de esta propuesta de resolución, se ha examinado lo dispuesto en los artículos 14 a 16 del RD 2568/1986, de 26 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), sobre condiciones de acceso de los corporativos a la documentación obrante en el Ayuntamiento de Bolaños de Calatrava.
Asimismo se ha valorado que debe facilitarse el ejercicio de las funciones de control y fiscalización de los órganos de gobierno a través de los medios técnicos disponibles en cada momento.
En virtud de lo expresado, se propone al PLENO que adopte el siguiente acuerdo:

            1.- Como está establecido, todos los miembros de la corporación tienen derecho a conocer el contenido de los Decretos y Resoluciones dictados por la Alcaldía o sus concejalías delegadas, sin necesidad de solicitar u obtener autorización previa.
            2.- El acceso de los miembros de la corporación a los Decretos se desarrollará de conformidad con los siguientes criterios:
-       En el orden del día de las sesiones ordinarias de los plenos o Comisiones Informativas se dará cuenta sucinta de las resoluciones o decretos de Alcaldía o Concejalías Delegadas, tal y como prevé el art. 62 del ROF.
-       Dentro de los cinco días siguientes a la celebración de la sesión ordinaria de cada pleno o Comisión Informativa, la Secretaria de la corporación someterá a firma del Alcalde o concejal Delegado el libro de Decretos correspondientes a ese periodo. Se remitirá a los portavoces una relación extractada de los decretos o resoluciones en la dirección de correo electrónico que señalen, a efectos de dar cuenta sucinta de su contenido a los miembros de la corporación.
-       A partir de esa fecha el libro de decretos estará a disposición de los miembros de la corporación que deseen consultar su contenido.
3.- La consulta del libro de Decretos conlleva el derecho a tomar notas que se consideren convenientes. Si se solicitara la obtención de copia de alguno de los decretos, ésta se solicitara mediante escrito que concretará los que sean objeto de la copia y que habrá de dirigirse a la Presidencia  y presentarse en el registro de entrada de la Corporación. Salvo que razones de administrativa lo impidan, en el plazo de tres días el secretario de la corporación expedirá y entregará las copias al solicitante, que deberá acusar recibo de copia entregada para debida constancia en documento elaborado por el propia secretario, en el que se le informará expresamente de las obligaciones de reserva establecidas en el artículo 16.3 del ROF, y, si contiene datos de carácter personal, de los deberes que, en tal sentido, establece el art. 11.5 de la Ley Orgánica 15/1999 y normas concordantes.

En Bolaños  de Calatrava a 6 de Marzo de 2012.

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